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ARTÍCULO 1. DEFINICIONES.
1.1
ÁREA DE CAFÉ: Se refiere a las áreas asignadas por la Empresa para dar servicio de café.
1.2
ÁREA ABIERTA DE TRABAJO: Consiste en un espacio abierto de trabajo no asignado en el Centro de Negocios, que, a elección de la Empresa, puede usarse para proveer servicios de uso de oficinas en modalidad de coworking.
1.3
ÁREAS DE USO COMÚN: Aquellas áreas identificadas por la Empresa para el uso común de los Clientes y Visitantes, cuyo destino podrá ser definido, asignado y modificado por la Empresa.
1.4
CENTRO DE NEGOCIOS: Significa cualquiera de los inmuebles designados como tales por la Empresa en donde se presta el servicio de uso de oficinas en modalidad de coworking, arrendamiento y/o hospedaje comercial.
1.5
CLIENTE: Persona ya sea física o moral con quien la Empresa tiene celebrado un Contrato.
1.6
CLIENTE EXTERNO: Aquel Cliente que contrata servicios a través del Sitio.
1.7
CLIENTE INTERNO: Aquel Cliente que únicamente ha contratado servicios de Salas de Juntas o Day Pass de lunes a viernes en un horario 8 a 20 horas y sábados de 8 a 17 horas, salvo que la Empresa notifique algo distinto al Cliente, según sea el caso del Centro de Negocios que se trate a través de del Sitio.
1.8
CONTRATO: contrato celebrado entre el Cliente y la Empresa (según el mismo sea modificado, suplementado o reexpresado) para proveer el servicio de uso de una o varias Áreas Abierta de Trabajo o de una o varias Oficinas o de una o varias Salas de Juntas.
1.9
DAY PASS: Servicio de uso del Centro de Negocios por día que se contrata directamente en el Sitio sujeto a las reglas específicas para este servicio.
1.10
EDIFICIO: Significa el domicilio físico en el que se ubica el Centro de Negocios el cual se identifica en el Contrato.
1.11
OFICINA(S): Consiste en uno varios cubículos de trabajo plenamente identificados y asignados según haya contratado el Cliente.
1.12
SALA(S) DE JUNTAS: Espacio multiusos designado por la Empresa para llevar a cabo reuniones de negocios según sea contratada por el Cliente en el Sitio.
1.13
SITIO: Significa https://terminal1.mx, y/o la aplicación, y/o cualquier medio electrónico que la Empresa ponga a disposición del Cliente para la contratación y prestación de servicios.
1.14
HOT DESK: Consiste en uno o varios lugar(es) fijo(s) que es asignado a un Cliente dentro de un cubículo de trabajo plenamente identificado y asignado con las reglas y especificaciones que haya contratado el Cliente.
1.15
EMPRESA: Comunidad T1, S.A. de C.V.
1.16
TERMINAL 1®: Significa la marca registrada y todo el concepto de imagen, publicidad, tecnología y la prestación de servicios definido y desarrollado por la Empresa para proveer servicios dentro del Centro de Negocios.
1.17
TÉRMINOS Y CONDICIONES: Significan las condiciones generales de los términos y condiciones aceptados por cualquier personal que ingrese al Sitio y le son aplicables a todos los que usen el Sitio.
1.18
REGLAMENTO T1: Significa el presente reglamento (según el mismo sea modificado, suplementado o reexpresado).
1.19
USUARIO: Cualquier persona física o moral que, por cualquier título, ya sea como Cliente, o visita se encuentre dentro del Edificio y/o del Centro de Negocios.
1.20
VISITANTE: Cualquier persona distinta a los Clientes que se encuentre en el Centro de Negocios por invitación de aquellos.
ARTÍCULO 2. DISPOSICIONES GENERALES.

El uso del Centro de Negocios estará restringido al presente Reglamento T1, así como a cualquier otro reglamento aplicable al Edificio y a las demás normas que determine la Empresa.

2.1
Los Clientes y sus Visitantes deberán respetar todas las restricciones de uso que puedan afectar el inmueble, tanto las de origen contractual como legal, civil o administrativo.
2.2
Los Clientes y Usuarios deberán permitir a la Empresa o a la persona que éste designe para tales efectos, la entrada para verificar los servicios e instalaciones especialmente los que puedan derivar de razones de seguridad, salubridad, vigilancia, orden público, suministro o distribución eléctricos, pluviales o de telecomunicaciones.
2.3
Asimismo, los Clientes deberán soportar las obras que se puedan derivar de la adecuación o remodelación del Centro de Negocios, de sus instalaciones o cualquier otra que se realice en el Edificio.
2.4
Los Clientes estarán obligados a ocupar el Área Abierta de Trabajo, Sala(s) de Juntas u Oficina(s) contratados y a ocuparlo exactamente para la actividad acordada y conforme a lo establecido en el Contrato.
2.5
La Empresa delimitará, según corresponda, en el Contrato los servicios que habrán de incluirse.

Los servicios sin costo podrán ser, de manera enunciativa mas no limitativa:

  1. 2.5.1
    Uso de Oficina
  2. 2.5.2
    Mobiliario
  3. 2.5.3
    Suministro eléctrico
  4. 2.5.4
    Recolección de Basura
  5. 2.5.5
    Acceso a Internet
  6. 2.5.6
    Seguridad (cctv)
  7. 2.5.7
    Servicios de Limpieza
  8. 2.5.8
    Uso de tarjetas de acceso (en su caso)
  9. 2.5.9
    Uso áreas de café
  10. 2.5.10
    Rotulación de oficinas
  11. 2.5.11
    Servicios de datos
  12. 2.5.12
    El uso de las áreas comunes y el aprovechamiento de los servicios, siempre y cuando no estén asignados en el contrato respectivo.

2.6
Los servicios con costo adicional que no están incluidos podrán ser, de manera enunciativa y no limitativa:

Los servicios sin costo podrán ser, de manera enunciativa mas no limitativa:

  1. 2.6.1
    Uso de Salas de Juntas que se encuentra sujeto al procedimiento de contratación y a las reglas contenidos en los Términos y Condiciones del Sitio.
  2. 2.6.2
    Servicio de impresión y copias.
  3. 2.6.3
    Productos de papelería.

ARTÍCULO 3. DISTINCION ENTRE ÁREAS DE USO COMÚN, OFICINAS DE USO PRIVATIVO Y SALAS DE JUNTAS.
3.1
Áreas de uso común: Están constituidas por todas las estancias del Centro de Negocios y que no comprenden las Oficinas, ni las Salas de Juntas, ni las Áreas Abiertas de Trabajo y son de titularidad única y exclusiva de la Empresa. Están destinadas al uso de todos o de varios Clientes, así como el resto de usuarios del Centro de Negocios, sujeto a las restricciones y reglas que la Empresa fije para cada caso.
3.2
Oficinas: son aquellos espacios delimitados por la Empresa destinados a proveer servicios de uso de oficinas.
3.3
Áreas Abiertas de Trabajo: Se refiere a las mesas de trabajo asignadas por la Empresa para proveer servicios de uso de oficinas en modalidad de coworking de uso ilimitado para los Clientes Internos según su disponibilidad y de uso limitado para los Clientes Externos, según lo determine la Empresa.
3.4
Salas de Juntas: Se refiere a las salas de juntas en el Centro de Negocios que la Empresa ofrezca para renta en el Sitio siguiendo las reglas para su contratación y uso.
ARTÍCULO 4. ADMINISTRACIÓN Y GESTIÓN DEL CENTRO DE NEGOCIOS.
4.1
La Empresa adoptará todas las decisiones que estime necesarias para la buena administración y funcionamiento del Centro de Negocios, dichas decisiones obligarán a todos los Clientes, ocupantes y Visitantes previa publicación en el Sitio y/o mediante notificación que haga la Empresa o el administrador que para tales efectos se designe.
4.2
Compete a la Empresa llevar a cabo la organización, administración, vigilancia y seguridad del Centro de Negocios.
ARTÍCULO 5. NORMAS COMPLEMENTARIAS DE FUNCIONAMIENTO INTERNO DEL CENTRO DE NEGOCIOS.

La denominación y referencia de los distintos espacios, puntos de acceso, control de accesos y salidas, vías de distribución interior, reglas de uso de áreas comunes dentro del Centro de Negocios serán determinadas por la Empresa.

ARTÍCULO 6. IMAGEN DE CONJUNTO.
6.1
La imagen del Centro de Negocios exige un aspecto de conjunto armonioso en concordancia con la imagen corporativa de Terminal 1®. La concepción armónica y estética del Centro de Negocios debe ser respetada por todos los Clientes por lo que estará prohibida la realización de cualquier tipo de obra o modificación, incluso de los elementos móviles delimitadores del espacio contratado.
6.2
La colocación de rótulos o cualquier otra referencia a las diferentes Oficinas del Centro de Negocios, no estará permitida en las fachadas, muros exteriores del mismo, ni en las Áreas de Uso Común. La Empresa se reserva el derecho de aceptar o rechazar el uso de rótulos o letreros dentro de las Oficinas.
ARTÍCULO 7. PROHIBICIONES Y LIMITACIONES.
7.1
Las siguientes actividades están expresamente prohibidas para los Clientes, Visitantes y Usuarios del Centro de Negocios:
7.1.1
El uso de cualquier material no permitido por las disposiciones legales.
7.1.2
La realización de actividad que pueda considerarse peligrosa, insalubre o nociva o que perturbe la actividad de los demás ocupantes.
7.1.3
El uso de Áreas Abiertas de Trabajo, salas de Juntas y Oficinas del Centro no debe implicar molestia alguna (aunque fuere excepcional) en relación con las actividades proyectadas en el mismo.
7.1.4
El uso de todo o parte de cualquier oficina del Centro de Negocios como vivienda o cualquier otro uso no previsto en el Contrato.
7.1.5
La práctica en cualquier parte del Centro de Negocios, de cualquier profesión, comercio o actividad no previstos en los Contratos no autorizados previamente o que sean contrarios a la moral, al orden público o a las buenas costumbres, y la organización de cualquier tipo de manifestaciones políticas, sindicales y/o religiosas.
7.1.6
La venta de artículos, productos, comida o servicios.
7.1.7
La distribución de propaganda de cualquier tipo.
7.1.8
El subarrendamiento, sea gratuito u oneroso.
7.1.9
Queda estrictamente prohibido a todos los Usuarios cualquier tipo de conducto hostil u ofensiva con los miembros del equipo de la Empresa; Clientes, otros usuarios y Visitantes.
7.1.10
Se prohíbe la entrada a menores de 18 años al Centro de Negocios.
7.1.11
De forma general, los Usuarios no deben en forma alguna perturbar el ambiente del Centro de Negocios mediante ruidos, vibraciones, olores, temperaturas o cualquier otra causa que pueda afectar o producir molestias a los restantes ocupantes.
7.1.12
Dejar aparatos electrónicos, objetos personales o de cualquier otra índole. La Empresa no se hace responsable por ningún objeto olvidado o dejado sin custodia del Cliente.
7.1.13
La Empresa no se hace responsable por ningún objeto olvidado o dejado dentro ni fuera de su Oficina, ni de las Salas de Juntas ya que el acceso y salida es responsabilidad exclusiva del Cliente.
ARTÍCULO 8. ACCESO Y SALIDA.
8.1
De personas.
8.1.1
El acceso al Centro de Negocios a través de tarjeta digital que se obtiene directamente en el Sitio.
8.1.2
El acceso al Edificio está sujeto a las reglas del Edificio.
8.1.3
Al Cliente se le otorgan las tarjetas de acceso. Él es responsable de su uso y custodia. La reposición tendrá costo adicional.
8.1.4
Los Visitantes de los Clientes deberán presentar su código QR.
8.1.5
Cada Cliente es responsable de sus Visitantes de sus accesos, sus bajas y en general responderá de cualquier responsabilidad que genere la entrada y salida de su personal y Usuarios.
8.2
De mobiliario y aparatos electrónicos.
8.2.1
Al Cliente: No se permite la entrada ni salida de mobiliario, usa el mobiliario asignado. Los cambios de forma, distribución, diseño y decoración del área contratada requieren visto bueno de la Empresa. Cada Cliente será responsable de la guarda y custodia de los aparatos electrónicos u otros que ingrese al Centro de Negocios.
ARTÍCULO 9. USO DE SALAS DE JUNTAS.

Las Salas de Juntas son propiedad exclusiva de la Empresa quien podrá otorgar el uso con costo a los Clientes y Usuarios previa reservación que se haga conforme a los procesos y lineamientos que establezca la Empresa en el Sitio y estará sujeto a disponibilidad. La Empresa se reserva el derecho de asignar las reservaciones a su conveniencia y dar los criterios para el uso equilibrado, justo y adecuado de las Salas de Juntas.

Está prohibido introducir alimentos a las Salas de Juntas. Los casos especiales deberán tratarse con la Empresa.

ARTÍCULO 10. ÁREAS DE CAFÉ.
10.1
El Área de Café es de uso común. Los insumos, aparatos y objetos del Área de Café son propiedad exclusiva de la Empresa. Los Clientes y Visitantes podrán hacer uso de los insumos, aparatos y objetos que la Empresa ponga a su disposición debiendo cuidarlos y responder del mal uso o abuso de ellos a juicio de la Empresa.
10.2
Los Clientes y sus Visitantes deberán cumplir y hacer cumplir las normas de convivencia señaladas en el presente Reglamento T1, así como de abstenerse de hacer o realizar las prohibiciones que ahí se señalan.
ARTÍCULO 11. USO DE COPIADORA.
11.1
El uso de la copiadora está limitado a Clientes y prohibida para los Visitantes.
11.2
Está prohibido reparar o intentar reparar las máquinas.

La Empresa establecerá los costos de estos servicios y tendrá el derecho de actualizarlos de tiempo en tiempo sin necesidad de dar aviso a, u obtener el consentimiento de, los Clientes.

ARTÍCULO 12. HORARIO DE APERTURA DEL CENTRO DE NEGOCIOS.
12.1
El Centro de Negocios estará abierto:
12.1.1
Para los Clientes Internos las 24 horas de los 365 días del año, en el entendido que de lunes a viernes a partir de las 20 horas; los sábados y domingos, el acceso requiere de solicitud previamente por escrito a la Empresa, salvo que se establezca lo contrario en el Contrato o se le notifique por la Empresa al Cliente, según sea el caso del Centro de Negocios que se trate, salvo Terminal 1 Santa Fe que no opera los fines de semana.
12.1.2
Para los Clientes Externos (es decir los que únicamente han contratado servicios de Salas de Juntas o Day Pass el horario de servicio es de lunes a viernes de 8 a 20 horas y sábados de 8 a 17 horas, salvo que la Empresa notifique algo distinto al Cliente, según sea el caso del Centro de Negocios que se trate.
ARTÍCULO 13. MANTENIMIENTO Y LIMPIEZA.
13.1
Los Clientes, Visitantes y ocupantes deberán mantener en todo momento el Centro de Negocios su decorado, accesorios y equipamiento en buen estado de funcionamiento y presentación.
13.2
Los daños o desperfectos que cause el Cliente en los elementos estructurales del Centro de Negocios, en las instalaciones generales, en las Áreas de Uso Común, las Salas de Juntas o en las Oficinas o, serán reparados por la Empresa a costa del Cliente causante.
13.3
Los trabajos exteriores e interiores de limpieza serán efectuados por la Empresa en el horario que éste determine.
ARTÍCULO 14. SALUBRIDAD Y SEGURIDAD CONTRA INCENDIOS.
14.1
Los Clientes, Visitantes y ocupantes del Centro de Negocios se comprometen a observar y respetar las normas y reglamentos de salubridad y seguridad correspondientes al Centro de Negocios.
14.2
Queda prohibido introducir en el Centro de Negocios materiales peligrosos, insalubres, malolientes, inflamables que estén prohibidos por las normas legales o administrativas, las disposiciones de los servicios de seguridad y/o las pólizas de seguro.
14.3
No podrá ser colocado ni depositado en el interior del Centro de Negocios objeto alguno cuyo peso sobrepase el límite de carga de suelos y tabiques.
14.4
Los sanitarios e instalaciones de agua y electricidad que se encuentren en el Centro de Negocios deberán ser mantenidos en buen estado de funcionamiento.
14.5
No se podrá arrojar en los desagües materiales inflamables, explosivos o peligrosos, extendiéndose la prohibición a todos aquellos elementos que puedan perturbar el buen funcionamiento de las mencionadas instalaciones.
14.6
Los Clientes deberán respetar todas las normas que se dicten en materia de seguridad, dejando las puertas de salida sin el cierre bloqueado durante las horas de apertura, y manteniendo despejados los pasillos de servicio que sirven de salida de emergencia en caso de incendio o siniestro. Las salidas de emergencia deberán estar debidamente señaladas.
14.7
La utilización indebida de los aparatos contra incendios se encuentra prohibida.
ARTÍCULO 15. FUNCIONAMIENTO DE LAS ÁREAS DE USO COMÚN.

Los Clientes y ocupantes podrán hacer uso de las Áreas de Uso Común, conforme a su destino, siempre y cuando no impida con ello el uso de las actividades propias de la Empresa y los mismos derechos de los restantes Clientes y su buen funcionamiento con las reservas siguientes:

15.1
Las áreas de uso común deberán ser utilizadas de conformidad con el uso previsto para las mismas.
15.2
La Empresa podrá, en cualquier momento, cerrar temporalmente todo o parte de las Áreas de Uso Común donde sea necesario efectuar trabajos de reparación o cambios, eventos o por cualquier otra causa.
ARTÍCULO 16. SEGURIDAD Y VIGILANCIA.
16.1
El equipo de seguridad y vigilancia es contratado y definido por el Edificio e independiente a la Empresa.
16.2
La Empresa quedará liberada y no asumirá responsabilidad alguna por daños que pudieran ocasionarse a las personas, mercancías o cosas, en caso de incendio, robo y en general accidentes de cualquier tipo. Los Clientes y deberán cumplir estrictamente y hacer cumplir todas las normas en materia de seguridad.
ARTÍCULO 17. TERMINACIÓN Y DESOCUPACIÓN.

Al momento de la desocupación, la Empresa podrá de forma unilateral, determinar y cobrar al Cliente una cuota por el servicio de la restauración de Oficina, Área Abierta de Trabajo, o uso de Salas de Juntas, según corresponda, el cual incluye la limpieza y pruebas para devolver la Oficina a su estado original, incluyendo, el costo total de la reparación o incluso la restitución del mobiliario prestado para dar el servicio de uso de oficina.

El presente extracto es vinculante para las partes y es parte integral del Contrato. Cualquier incumplimiento es causa de recisión del Contrato correspondiente sin responsabilidad para la Empresa.